BLANCO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un beneficiario promovió demanda contra la ANSeS por reajustes de su haber previsional, cuestionando la prescripción y la vigencia de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y la tasa de interés aplicable. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, aplicando en lo pertinente el precedente Spitale sobre la tasa pasiva de interés.
¿Quién es el actor?
Raúl Blanco.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
La Corte confirmó la sentencia apelada. Respecto de la excepción de prescripción, los agravios de la ANSeS no guardaban relación con lo resuelto por la Cámara, que había revocado el rechazo de la defensa del art. 82 de la ley 18.037 y fijado que la prescripción operaba desde la denegación del reclamo administrativo. Sobre la supuesta declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, el a quo había dejado sin efecto la tacha decretada en primera instancia, lo que impedía tratar el agravio y determinaba la deserción del recurso en ese aspecto. Los planteos sobre la tasa pasiva de interés se resolvieron remitiendo a "Spitale" (Fallos: 327:3721).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "los agravios de la ANSeS vinculados con la excepción de prescripción no guardan relación con lo resuelto, pues la cámara revocó lo decidido por el juez de grado que había rechazado la defensa establecida en el art.82 de la ley 18.037 y estableció que aquella debía operar a partir de la denegación del reclamo efectuado en sede administrativa."
Considerando 3°: "tampoco son procedentes los agravios de la ANSeS relacionados con una supuesta declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, ya que el a quo dejó sin efecto la tacha de invalidez de esas normas decretada en primera instancia, circunstancia que impide el tratamiento del agravio y lleva a declarar la deserción del recurso intentado en ese aspecto."
Considerando 4°: "los planteos vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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