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Corte Suprema

BANCO CAJA DE AHORRO S.A. c/ AURELIO MARTIN SCHULZ Y OTRA s/SUMARIO

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná y admitió la tercería de dominio promovida por el Banco Caja de Ahorro S.A. contra el embargo en la ejecución seguida contra la Caja Nacional de Ahorro y Seguro. El tribunal remitió a lo resuelto en la causa Batut, al considerar que las cuestiones eran sustancialmente idénticas, mientras el Dr. Boggiano votó en disidencia por confirmar la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 23. XXXIII. REX
Terceria de dominio Embargo Privatizacion Caja nacional de ahorro y seguro Sucesion de entidades Asuncion de pasivo Resolucion 256/94 Presuncion del art. 2412 codigo civil Recurso extraordinario Banco caja de ahorro

Actor (tercerista): Banco Caja de Ahorro S.A.

¿A quién se demanda?

Aurelio Martín Schulz y otra (Caja Nacional de Ahorro y Seguro en la ejecución de origen).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

tercería de dominio para que se levante el embargo de fondos trabados en la ejecución de la sentencia dictada en "Schulz, Aurelio Martín c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ sumario", expediente N° 106/91, Juzgado Federal de Primera Instancia de Concepción del Uruguay, Entre Ríos. La tercerista sostuvo que no había asumido el pasivo de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro al ser privatizada, por lo que esa entidad era la única obligada al pago.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia recurrida, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 3° (fundamento de la sentencia recurrida, que el tribunal reseña): "...cuando resulta a todas luces patente la prosecución de una (entidad) respecto de la otra...". La Cámara afirmó, además, que la deficiente redacción de la resolución 256/94 del Ministerio de Economía autorizaba a sostener que los incidentes de ejecución notificados después del 1° de enero de 1994 "han sido transferidos", y concluyó que la tercería no podía prosperar.

Considerando 4° (fundamento de la mayoría): "Que las cuestiones debatidas en el sub lite son sustancialmente idénticas a las consideradas por este Tribunal en la causa B.1894.XXXII 'Batut, Néstor Daniel y otros c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ incidente de tercería de dominio', sentencia de la fecha, por lo que -en lo pertinente- cabe remitirse a lo allí resuelto, por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que en el sub lite se debaten cuestiones sustancialmente análogas a las tratadas por esta Corte en la fecha en la causa B.1894.XXXII... a cuyos fundamentos cabe remitir por razones de brevedad." Votó por declarar procedente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia.

Normas que cita

  • CCart. 2412
  • Resolución 256/94

Fallos que cita

  • Batut, Néstor Daniel y otros c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ incidente de tercería de dominioCSJN · 05/10/1999

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