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Corte Suprema

SALIM, RAUL FELIPE c/ SANTIAGO DEL ESTERO, PROVINCIA DE Y OTRO s/COBRO DE PESOS

Raúl Felipe Salim reclamó al Estado Nacional y a la Provincia de Santiago del Estero una indemnización por los daños sufridos en su automóvil durante los disturbios del 16 de diciembre de 1993. La Corte rechazó la demanda contra el Estado Nacional y se declaró incompetente respecto de la Provincia, remitiendo a los fundamentos de los precedentes López Casanegra y Bellido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 445. XXXV. ORI
Responsabilidad del estado Falta de servicio Seguridad interior Poder de policia Disturbios Danos y perjuicios Competencia originaria Corte suprema Fuerza mayor Santiago del estero.

¿Quién es el actor?

Raúl Felipe Salim.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y Provincia de Santiago del Estero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos por daños y perjuicios derivados de la presunta falta de servicio en la prevención de los disturbios del 16 de diciembre de 1993, en los que su vehículo Peugeot 504 fue volcado e incendiado.

¿Qué se resolvió?

rechazo de la demanda contra el Estado Nacional, con costas, e incompetencia de la Corte respecto del reclamo contra la Provincia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo no desarrolla argumentos propios sino que remite, "en razón de brevedad", a lo resuelto el 15 de agosto de 2006 en las causas L.175.XXXVI "López Casanegra, Antonio y otra c/ Santiago del Estero, Provincia de y otro s/ daños y perjuicios" y B.388.XXXV "Bellido, Manuel c/ Santiago del Estero, Provincia de y otro s/ cobro de pesos", por tratarse de cuestiones "sustancialmente análogas". Como referencia de las posiciones de las partes, el Estado Nacional sostuvo que el poder de policía de seguridad es provincial, que la concurrencia de fuerzas federales no genera responsabilidad estatal y que su obligación es proveer medios, no garantizar un resultado; la Provincia alegó caso fortuito o fuerza mayor.

Normas que cita

  • Ley 24.059art. 24 · Seguridad interior
  • Decreto 1273
  • CCarts. 43, 1049, 1067, 1068, 1078, 1094, 1095, 1113
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 5937 (Santiago Del Estero)

Fallos que cita

  • López Casanegra, Antonio y otra c/ Santiago del Estero, Provincia de y otro s/ daños y perjuiciosCSJN · 15/08/2006
  • Bellido, Manuel c/ Santiago del Estero, Provincia de y otro s/ cobro de pesosCSJN · 15/08/2006

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