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Corte Suprema

FLORES O ZARATE SERGIO ENRIQUE O CRISTIAN s/INF. LEY 23737

La Procuración General dictaminó que corresponde declarar la competencia del juzgado federal para conocer en la causa seguida por infracción a la ley 23.737 contra Sergio Flores o Zárate. El dictamen se funda en que el material estupefaciente no estaba acondicionado en la forma prevista por el artículo 2 de la ley 26.052, aplicando por contrario sensu el criterio de la Corte en Echevarría.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 807. XLIII. COM
Contienda negativa de competencia Ley 23.737 Estupefacientes Ley 26.052 Competencia federal Competencia local Comercio directo a consumidores Acondicionamiento de la sustancia Prision preventiva Echevarria

¿Quién es el actor?

No corresponde (causa penal instruida de oficio por el Estado).

Demandado / Imputado: Sergio Flores o Zárate.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Investigación por infracción a la ley 23.737 (estupefacientes); contienda negativa de competencia entre la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantía y el Juzgado Federal n° 3, ambos de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelación y Garantía confirmó la prisión preventiva y se declaró incompetente por considerar que el hecho era de competencia exclusiva de la justicia federal. El juez nacional no aceptó esa atribución, sosteniendo que la sustancia estaba destinada al comercio directo a consumidores (competencia local según ley 26.052). Ante la insistencia de la cámara y elevación a la Corte, la Procuración General opina que corresponde declarar la competencia del juzgado federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En mi opinión, es de aplicación al caso, a contrario sensu, el criterio establecido por V.E. en la Competencia n° 130 L. XLII in re 'Echevarría, Sandra P. s/ infracción a la ley 23.737' de fecha 27 de diciembre de 2006."

"En ese sentido, atento que el material estupefaciente no se hallaba acondicionado en la forma prevista por el artículo 2 de la ley 26.052 (ver fojas 81/2) opino que corresponde declarar la competencia del juzgado federal para conocer en la presente causa."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Echevarría, Sandra P. s/ infracción a la ley 23.737CSJN · 27/12/2006

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