VELAZQUEZ FRANCISCA c/ ANSES s/DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES
Francisca Velázquez reclamó a la ANSeS el reconocimiento de servicios prestados entre 1983 y 1986 en el marco de un beneficio previsional por dependencia. La Corte Suprema revocó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y confirmó la sentencia en lo restante, remitiendo al precedente Licht.
¿Quién es el actor?
Francisca Velázquez.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de los servicios prestados por la titular entre el 26 de agosto de 1983 y el 1° de junio de 1986, en el marco de un beneficio previsional por dependencia (otras prestaciones).
¿Qué se resolvió?
La Corte revocó la sentencia apelada en cuanto declaraba la inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, y la confirmó en las restantes cuestiones. Las costas se impusieron por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El memorial de la demandada contiene planteos genéricos respecto de la falta de prueba para tener por acreditados los servicios denunciados, pero no se hace cargo del alcance que el a quo otorgó a las normas de aplicación ni tiene en cuenta que no ordenó el cómputo de la totalidad de los servicios cuestionados, por lo que en este punto resulta insuficiente para sustentar el remedio intentado."
"Los agravios esgrimidos respecto a los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en la causa 'Licht' (Fallos: 323:2632), a la que cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Antecedente de la instancia anterior: el a quo, sobre la base de los recibos de sueldo, expresó que la peticionaria sólo había acreditado desconocer los incumplimientos de su empleador en la retención de aportes desde el 1° de junio de 1986, y por mayoría declaró la inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037arts. 25, 58 inc. d · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- LichtCSJN · Fallos 323:2632
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