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Corte Suprema

VAVRINEK ENRIQUE c/ INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia que había reconocido reajustes por movilidad al jubilado. Admitió la movilidad sólo para el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, según los precedentes Chocobar y Cordaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 255. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Ley 24.241 Ley 18.037 Topes maximos Caja previsional municipal Chocobar Cordaro Anses Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Enrique Vavrinek.

¿A quién se demanda?

Instituto Municipal de Previsión Social (con intervención de la ANSeS como recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de un haber previsional.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios; la movilidad se admitió únicamente por el período entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, conforme el criterio de "Chocobar" y "Cordaro". Respecto de los topes máximos, la solución remite a "Del Azar Suaya" y "Beitía".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en Fallos: 321:624, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya, Abraham' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."

Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remiten a sus votos respectivos en "Cordaro". Su criterio no integra la decisión mayoritaria.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
  • CordaroCSJN
  • Del Azar Suaya, AbrahamCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997
  • Fallos 321:624CSJN

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