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CASAZZA MARIA ALEJANDRA Y OTROS c/ COCCHIARARO, ROBERTO JORGE Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La actora promovió demanda por cobro de sumas de dinero contra los demandados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados al pago de la suma reclamada.

Prueba testimonial Cobro de sumas de dinero Prestamo Pagares Mutuo Principio de prueba por escrito


- Actora: María Alejandra Casazza, por derecho propio y en carácter de apoderada de Dolores Rosa Calo
- Demandados: Roberto Jorge Cocchiararo y María Zulema Semerena

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de la suma de U$S 38.750 que la actora alega haber prestado a los demandados

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Consideró acreditada la existencia del préstamo a través de la prueba testimonial y los pagarés acompañados, que constituyeron un principio de prueba por escrito. Los fundamentos principales fueron:
- La relación de confianza entre las partes y los testigos que intervinieron permiten presumir la efectiva celebración del contrato de mutuo, aun cuando no mediara formalidad escrita.
- Los pagarés suscriptos por los demandados, aunque prescribiera la acción cambiaria, constituyen un principio de prueba por escrito que permite acreditar la existencia del préstamo.
- La carga probatoria sobre la existencia del mutuo pesaba sobre la actora, quien logró acreditarlo.
- Los demandados no lograron probar el pago de la deuda.

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