BADINO JORGE IGNACIO Y OTRO c/ CAILLAVA MARIA TERESA Y OTROS s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema declaró procedente la queja, admitió formalmente el recurso extraordinario de los ejecutados y confirmó la sentencia apelada en el marco de la ejecución, remitiendo a los fundamentos de la causa Longobardi por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas vinculadas a la validez constitucional de las normas de emergencia.
Actor (ejecutante): Badino, Jorge Ignacio y otro.
Demandado (ejecutado): Caillava, María Teresa y otros (Victoria Susana, Claudia María, María Teresa, Martín Fernando y Martín Ignacio Caillava).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución de un crédito; los ejecutados cuestionan la validez constitucional de las normas de emergencia aplicadas.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario y, con el alcance indicado, se confirmó el fallo apelado. Las costas de la ejecución se distribuyen según el art. 558 del CPCCN, salvo las de los incidentes sobre validez constitucional de las normas de emergencia, que se imponen en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.971.XL 'Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.' con fecha 18 de diciembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad. Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en la citada causa." El tribunal fundó su decisión en remisión a precedente, sin desarrollo argumental propio.
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Normas que cita
- CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007
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