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Corte Suprema

TREJO HUMBERTO FELIPE c/ PEN Y OTROS s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en amparos por el corralito bancario y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los depositantes el derecho a recuperar sus dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER e intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 184. XLIV. REX
Amparo Corralito bancario Pesificacion Depositos en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Cer Intereses Recurso extraordinario Costas

¿Quién es el actor?

Humberto Felipe Trejo y otros amparistas (causas acumuladas de depositantes bancarios).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y otros, junto con las entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos en dólares afectados por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

Se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER, con intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado en el pleito y en cumplimiento de cautelares, con exclusiones por canje a bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite por brevedad a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913, 27/12/2006), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Asimismo, en el considerando único y en la parte dispositiva se fija el alcance del reintegro según lo resuelto en "Kujarchuk" (CSJ K.90.XLIII, 28/08/2007) respecto de la forma de computar los pagos a cuenta. Se advierte la "excepcional situación suscitada en esta clase de causas" que justifica distribuir costas en el orden causado y devolver las actuaciones directamente a primera instancia, con notificación por los magistrados de origen.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

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