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Corte Suprema

PORTO JORGE EDUARDO c/ PEN LEY 25.561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25.561

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en causas de amparo por la pesificación de depósitos bancarios dispuesta por la Ley 25.561, dejando sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho al reintegro de sus depósitos a razón de $ 1,40 por dólar, ajustados por CER e intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 2042. XL. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decreto 214/02 Reintegro de depositos Cer Intereses Amparo Recurso extraordinario massa.

¿Quién es el actor?

Jorge Eduardo Porto y los restantes actores agrupados en la acumulación de causas.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos por el régimen de pesificación de la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios (1570/01 y 214/02).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se declaró el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de los pagos a cuenta efectuados. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado y se mantienen las de las instancias anteriores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa "Massa" (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones remitió en razón de brevedad. Como se trata de una remisión, el desarrollo sustancial del criterio se encuentra en ese precedente. Asimismo, remitió a la causa "Kujarchuk" (sentencia del 28 de agosto de 2007) en cuanto al modo de computar como pagos a cuenta las sumas abonadas por la entidad durante el pleito y en cumplimiento de medidas cautelares. No se registran votos en disidencia en esta sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

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