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Corte Suprema

GALVAN MARIANELA Y OTROS c/ HSBC NEW YORK LIFE SEGUROS DE RETIRO S.A. s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La Corte Suprema, por mayoría, declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en amparos promovidos por titulares de cuentas en el sistema de seguros de retiro contra HSBC New York Life Seguros de Retiro y otras aseguradoras. La decisión se fundó en los alcances fijados en el precedente Benedetti, al que remitió por brevedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 665. XLI. REX
Seguros de retiro Amparo Sumarisimo Hsbc new york life seguros de retiro Ley 25.561 Decretos 1570/01 y 214/02 Precedente benedetti Recurso extraordinario Confirmacion de sentencias Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Marianela Galván y otros, junto con la numerosa cantidad de actores acumulados en el expediente (titulares de seguros de retiro).

¿A quién se demanda?

HSBC New York Life Seguros de Retiro S.A. y otras aseguradoras de retiro (Consolidar, Génesis, Orígenes Seguros de Retiro), así como, en algunos casos, el Poder Ejecutivo Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos de amparo y sumarísimo vinculados a los seguros de retiro, en el contexto de las medidas adoptadas sobre los contratos y sus haberes tras la crisis de 2001-2002 (ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02, según surge del precedente remitido).

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos y, por mayoría, se confirmaron las sentencias apeladas con los alcances que surgen del precedente "Benedetti". Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión debatida (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte sostuvo que las cuestiones planteadas en las presentes causas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa B.1694.XXXIX "Benedetti, Estela Sara c/ P.E.N. - Ley 25.561 - Dtos. 1570/01 - 214/02 s/ amparo ley 16.986", sentencia del 16 de septiembre de 2008, "a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en lo pertinente en razón de brevedad". La jueza Argibay se remitió a su voto en dicho precedente, y los jueces Highton de Nolasco, Maqueda y Petracchi se remitieron a las disidencias que suscribieron en el mismo. No se transcriben argumentos propios de esta sentencia; los fundamentos sustantivos se encuentran en el precedente citado.

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