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Corte Suprema

AGUIRRE SERGIO ARGENTINO c/ ESTADO NACIONAL M° DE JUST. SERV. PENIT. FED. s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que rechazó la demanda de daños y perjuicios de Sergio Argentino Aguirre contra el Estado Nacional, por remisión a los fundamentos de los precedentes Aragón y Leston. Las ministras Highton de Nolasco y el ministro Zaffaroni votaron en disidencia por dejar sin efecto la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 501. XLIV. REX
Danos y perjuicios Responsabilidad del estado Servicio penitenciario federal Remision a precedentes Fallos 330:5205 Costas en el orden causado Recurso extraordinario Estado nacional

¿Quién es el actor?

Sergio Argentino Aguirre.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos - Servicio Penitenciario Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte confirmó la sentencia apelada, que rechazaba la demanda. Se impusieron las costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte presentan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en las causas A.1372.XXXVIII 'Aragón, Raúl Enrique c/ Estado Nacional - Ministerio del Int. - Gendarmería Nacional s/ daños y perjuicios', (Fallos: 330:5205) y L.377.XLI 'Leston, Juan Carlos c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina s/ daños y perjuicios', sentencias del 18 de diciembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado en la causa A.1372.XXXVIII 'Aragón…', sentencia del 18 de diciembre de 2007 (Fallos: 330:5205), a cuyos fundamentos corresponde remitir. Por ello… se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada… Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que… se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expuesto."

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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