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Corte Suprema

WU GUO CAN Y OTRA c/ PEN - BCRA Y BANCO FRANCES s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario de los depositantes en dólares afectados por la pesificación, remitiendo a los fundamentos de la causa Massa. Reconoció el derecho a recuperar el depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, dejando sin efecto la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
W. 58. XL. REX
Pesificacion Depositos en dolares Emergencia economica Cer Amparo Medida cautelar Recurso extraordinario Reintegro de deposito Intereses 4% anual Corralito.

Demandante (Actor): Wu Guo Can y Xiu Mei Li.

¿A quién se demanda?

P.E.N., B.C.R.A. y Banco Francés.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo (medida cautelar) por la conversión a pesos de depósitos en dólares estadounidenses dispuesta por la normativa de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja y se declaró procedente el recurso extraordinario, salvo respecto de los depósitos constituidos en moneda nacional, sobre los que se declaró abstracta la cuestión por vencimiento del plazo de reprogramación. Se dejó sin efecto la sentencia apelada y se reconoció el derecho de la actora al reintegro de su depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER, con intereses del 4% anual no capitalizable, descontando los pagos realizados. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado y las de las instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitirse por motivos de brevedad. Que, en lo atinente a los depósitos constituidos en moneda nacional, toda vez que el plazo máximo de reprogramación ha fenecido, cabe concluir que ha devenido abstracta la cuestión planteada en ese aspecto." La Corte remite a los precedentes "Massa" y "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680), cuyos textos se encuentran publicados en la página web del Tribunal. No hubo votos en disidencia.

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