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Corte Suprema

LANERA AUSTRAL SA (TF 13912-A) c/ DGA s/

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional (Dirección General de Aduanas) y confirmó la sentencia apelada. El Tribunal sostuvo que los organismos estatales no están legitimados para plantear la inconstitucionalidad de leyes dictadas por el Congreso, por lo que el agravio referido a la validez de la ley 24.490 resultó inatendible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 91. XLIII. REX
Recurso extraordinario Legitimacion Organismos estatales Inconstitucionalidad Ley 24.490 Ley 24.425 Jerarquia normativa Tratados internacionales Direccion general de aduanas Reembolsos a las exportaciones

¿Quién es el actor?

Lanera Austral SA (TF 13.912-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA), Fisco Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

percepción del uno por ciento adicional de reembolsos previsto en la ley 24.490, que la DGA cuestionaba por considerarla opuesta al tratado aprobado por la ley 24.425 y violatoria del principio de jerarquía del art. 31 de la Constitución Nacional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas. Por mayoría de los siete ministros, el agravio sobre la inconstitucionalidad de la ley 24.490 fue desestimado porque los organismos estatales no tienen legitimación para cuestionar la constitucionalidad de leyes del Congreso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la Dirección General de Aduanas radican, en lo sustancial, en impugnar la validez constitucional de la ley 24.490 por considerar que lo dispuesto en ella es opuesto al tratado internacional aprobado por la ley 24.425 y que su aplicación importaría una transgresión al principio de jerarquía de las normas establecido por el art. 31 de la Constitución Nacional."

"Que tal agravio resulta inatendible pues el Tribunal ha sostenido reiteradamente que los organismos estatales no están legitimados para plantear la inconstitucionalidad de las leyes dictadas por el Congreso (conf. doctrina de Fallos: 311:1237 [...]; 312:2075; 319:3040 [disidencia parcial del juez Petracchi] y 322:227)."

La admisibilidad del recurso se fundó en que "se encuentra en discusión la inteligencia y validez de normas de carácter federal (art. 14, inc. 3°, de la ley 48)".

Normas que cita

  • Ley 24.490Reembolso a exportaciones
  • Ley 24.425Organizacion mundial del comercio
  • Constitución Nacionalart. 31
  • Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Fallos 311:1237CSJN
  • Fallos 312:2075CSJN
  • Fallos 319:3040CSJN
  • Fallos 322:227CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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