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Corte Suprema

MEERFELD LEOPOLDO JUAN Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

Los actores reclamaban la restitución de depósitos bancarios convertidos a pesos por la pesificación. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores al reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1802. XL. RHE
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Reintegro de depositos Cer Intereses 4% anual Emergencia economica Recurso de queja Recurso extraordinario Precedente massa Kujarchuk

¿Quién es el actor?

Leopoldo Juan Meerfeld y otros (y, en las causas acumuladas, Roberto Simonovich, Norberto Guillermo Seijas y Alberto Antonio Seoane).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (y, en algunas causas, la entidad bancaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos en el marco de la pesificación dispuesta por la normativa de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. En virtud de los fundamentos del fallo, declaró el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a pesos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Los pagos ya efectuados (incluidos los realizados en cumplimiento de medidas cautelares) se computan como pagos a cuenta, de acuerdo con el precedente "Kujarchuk". El reconocimiento queda sujeto al límite pecuniario de lo decidido por la cámara y excluye los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen. Las actuaciones se devuelven a los juzgados de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remite expresamente a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27 de diciembre de 2006), por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Como cita textual del fallo: "Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." No hay votos en disidencia; el fallo es unánime.

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

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