JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SOLIS MARCOS DAMIAN s/RECURSO EXTRAORDINARIO

El recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Marcos Damián Solís fue declarado procedente por mayoría de la Corte Suprema, que remitió a los fundamentos del precedente Alescano (Fallos: 330:298). Por consiguiente, se dejó sin efecto el fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal y se ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 216. XLIV. REX
Recurso extraordinario Remision a precedente Alescano Fallos 330:298 Casacion penal Menores Nuevo pronunciamiento Admisibilidad Art. 280 cpccn Procedencia

¿Quién es el actor?

Marcos Damián Solís (recurrente, representado por los Dres. Alejandro Diego Peréz y Diego Ariel Leonardi).

¿A quién se demanda?

Ministerio Público / tribunal recurrido. La contraparte es Roberto Elbio Agudo (querellante), con patrocinio del Dr. Federico Agustín Gasipi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, Sala III, en causa penal seguida ante el Tribunal Oral de Menores N° 1 de la Capital.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto el fallo apelado y se remitieron los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en el caso 'Alescano' (Fallos: 330:298), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

Las Dras. Elena I. Highton de Nolasco y Carmen M. Argibay votaron por considerar el recurso extraordinario inadmisible (art. 280 del CPCCN) y declararlo mal concedido. Esta posición quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.