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Corte Suprema

CASTILLA LEOPOLDO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y OTRO s/RECURSO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Estado Nacional, declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala III, en la causa seguida por Leopoldo Castilla contra el Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El tribunal adhirió en razón de brevedad al dictamen de la señora Procuradora Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 354. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Queja Recurso de hecho Estado nacional Ministerio de justicia y derechos humanos Remision a dictamen de procuradora fiscal Confirmacion de sentencia Camara nacional de apelaciones en lo contencioso administrativo federal

¿Quién es el actor?

Leopoldo Castilla.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto de la sentencia no describe el reclamo).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la demandada y se confirmó el pronunciamiento apelado. Costas por el orden causado en los términos del fallo ("Con costas"), y se liberó a la recurrente del depósito diferido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos argumentos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad." La sentencia no contiene fundamentación propia; los argumentos completos se encuentran en el dictamen de la Procuradora Fiscal, al que remite, y que no forma parte del texto analizado.

No se registran votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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