PILOTTA JAVIER AMADEO c/ ANSES s/S/REAJUSTES VARIOS
El jubilado Javier Amadeo Pilotta reclamó el reajuste de sus haberes previsionales entre abril de 1995 y fines de 2006 contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y ordenó aplicar la movilidad según el índice fijado en el precedente Badaro, descontando los aumentos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo cuando estos arrojen una prestación menor.
¿Quién es el actor?
Javier Amadeo Pilotta (jubilado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales desde abril de 1995 hasta fines de 2006, y modificación del índice de movilidad aplicado al período anterior a la ley de convertibilidad (índice del peón industrial).
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario respecto del reajuste; la movilidad se practica conforme al índice fijado en "Badaro", salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo en el mismo período resulten en una prestación superior. El planteo sobre el índice del peón industrial fue rechazado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
"Que el jubilado solicita la modificación del índice de movilidad aceptado para el período anterior a la entrada en vigencia de la ley de convertibilidad, lapso en el que, según sostiene, resulta más beneficiosa la aplicación del índice del peón industrial. Tal planteo no puede prosperar, pues el recurrente no ha logrado demostrar el perjuicio concreto y actual que le ha ocasionado la variable de ajuste fijada por los jueces de la causa (nivel general de las remuneraciones), por lo que sus críticas traducen una mera discrepancia y resultan ineficaces para modificar lo resuelto sobre el punto."
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Fallos que cita
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeSCSJN · Fallos 329:3089
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeSCSJN · Fallos 330:4866
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