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Corte Suprema

TODO IMPLANT SRL s/INCIDENTE DE NULIDAD DE LA EJEC. E INCONST.

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en las ejecuciones fiscales promovidas por la AFIP contra contribuyentes de Resistencia, y confirmó parcialmente las sentencias apeladas en los términos del precedente A.F.I.P. c/ Intercorp, remitiendo a sus fundamentos sin desarrollo propio de la cuestión de fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 369. XLIV. REX
Ejecucion fiscal Incidente de nulidad Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Afip-dgi Regional resistencia Deuda tributaria Intereses resarcitorios Competencia de primera instancia Precedente intercorp.

¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP - DGI), Regional Resistencia.

¿A quién se demanda?

Carlos Minhot y otros contribuyentes (Fercon SRL, Todo Implant SRL, Hugo Alfredo Herrera, Patricia Mariel Barrios, Marilin del Carmen Venica, Instituto de Psicopatología Resistencia S.A., Miguel Cándido Basail, TS S.R.L., Seguridad & Prevención S.A., Club Social Resistencia, Santiago Torresagasti, Olegario Pascual e Hijos S.A.C.I.A.), ejecutados en procesos de ejecución fiscal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incidentes de nulidad y de inconstitucionalidad planteados en el marco de ejecuciones fiscales de deudas tributarias.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó parcialmente las sentencias apeladas, en los términos y con los alcances indicados en el precedente "A.F.I.P. c/ Intercorp" (causa A.910.XXXVII, sentencia del 15 de junio de 2010). Las costas se impusieron por su orden, atendiendo a la complejidad de la cuestión y a la forma en que se resolvió. Se devolvieron los autos al tribunal de origen para que proceda conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo es breve y remite por razones de brevedad a dos precedentes. Primero, a la causa A.900.XXXVII "A.F.I.P. - A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscal" (sentencia del 14 de septiembre de 2010), según la cual no obsta a la procedencia de los recursos extraordinarios que las sentencias impugnadas hayan sido dictadas por un juzgado de primera instancia. Segundo, en cuanto al fondo, al criterio de la causa A.910.XXXVII "Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal" (sentencia del 15 de junio de 2010). Se aclara que los Dres. Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remiten a sus disidencias emitidas en el fallo "Intercorp", por lo que no adhieren a la solución de fondo allí adoptada.

Fallos que cita

  • Intercorp (Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal)CSJN · 15/06/2010

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