FISCO NACIONAL - AFIP c/ CONTENEDORES HUGO S A s/EJECUCION FISCAL
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Fisco Nacional en diversas ejecuciones fiscales y confirmó parcialmente las sentencias apeladas, en los términos del precedente A.F.I.P. c/ Intercorp. La decisión remite a los fundamentos de precedentes anteriores sobre la procedencia de los recursos contra sentencias de primera instancia y sobre la cuestión de fondo debatida.
¿Quién es el actor?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP - DGI) y otros fiscos nacionales (Fisco Nacional - DGI).
¿A quién se demanda?
Juan Alberto González; Contenedores Hugo S.A.; Leadcam Sociedad Anónima; N Marzano Sociedad Anónima; Consorcio de Propietarios Edificio Av. Juan B. Justo 1165/85 esq. Av. Bartolomé Mitre 601/35.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecuciones fiscales promovidas por el organismo recaudador para el cobro de obligaciones tributarias.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se confirmaron parcialmente las sentencias apeladas, en los términos y alcances indicados en el precedente "A.F.I.P. c/ Intercorp". Costas por su orden. Se devolvieron los autos al tribunal a quo para que proceda de acuerdo con lo decidido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que de acuerdo con el criterio establecido por esta Corte en la causa A.900.XXXVII 'A.F.I.P. - A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscal', sentencia del 14 de septiembre de 2010, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, en razón de brevedad, no obsta a la procedencia de los recursos extraordinarios en examen la circunstancia de que las sentencias impugnadas hayan sido dictadas por un juzgado de primera instancia."
"Que en cuanto a la cuestión de fondo, resulta aplicable a estos autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa A.910.XXXVII 'Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal', sentencia del 15 de junio de 2010 a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."
Los jueces Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remitieron a sus respectivas disidencias emitidas en el fallo citado en último término (disidencia, no decisión del tribunal).
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Fallos que cita
- A.900.XXXVII A.F.I.P. - A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscalCSJN · 14/09/2010
- A.910.XXXVII AFIP c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscalCSJN · 15/06/2010
- F.519.XXXIX Fisco Nacional - AFIP c/ Leadcam Sociedad Anónima s/ ejecución fiscalCSJN
- F.339.XXXVIII Fisco Nacional - AFIP c/ N Marzano Sociedad Anónima s/ ejecución fiscalCSJN
- C.1262.XXXVII Fisco Nacional - DGI c/ Cons. Prop. Edif. Av. Juan B. Justo 1165/85 esq. Av. Bartolomé Mitre 601/35 s/ ejecución fiscalCSJN
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