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Corte Suprema

CEMBELLIN JUAN CARLOS Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el personal militar y civil de las Fuerzas Armadas contra el Estado Nacional, por reclamos vinculados al régimen previsional o de haberes. Dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar una nueva, con el alcance fijado en el precedente Salas (Fallos: 334:275).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1432. XLVII. REX
Recurso extraordinario Personal militar Personal civil de las fuerzas armadas Estado nacional Ministerio de defensa Precedente salas Remision a precedente Haberes Regimen previsional Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Cembellín, Clara Rosa Acevedo, Ofelia Nerina Coviello de Stella, Pedro Esteban Jofré, Vicente Montagna, Jacobo Edmundo Peil, Norberto Presa, Tamer Yapur y otros, personal militar y civil de las Fuerzas Armadas.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa (en algunos casos, Fuerza Aérea Argentina, Ejército Argentino e IAFPPRM).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Según surge de la sentencia, no se detalla el objeto específico de cada reclamo, remitiéndose a lo resuelto en la causa "Salas".

¿Qué se resolvió?

Se declaran procedentes los recursos extraordinarios, se dejan sin efecto las sentencias apeladas en lo que fueron materia de agravios y se ordena el dictado de una nueva sentencia por quien corresponda, con el alcance indicado en el precedente "Salas". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos de los actores suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa: 'Salas' (Fallos: 334:275), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

Fallos que cita

  • SalasCSJN · Fallos 334:275

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