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Corte Suprema

CABEZAS DANIEL VICENTE Y OTROS s/DENUNCIA LAS PALOMITAS CABEZA DE BUEY

La Corte Suprema rechazó los recursos extraordinarios interpuestos por las defensas de Mulhall y Gentil y por los acusadores particulares, y declaró procedente el recurso del Ministerio Público Fiscal. Revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en una causa por denuncia de hechos vinculados a la dictadura militar, remitiendo en lo sustancial a los fundamentos del dictamen del Procurador General y a la sentencia Acosta, Jorge Eduardo y otros.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 656. XLVI. REX
Recurso extraordinario Lesa humanidad Denuncia Ministerio publico fiscal Querellantes Revocacion parcial Remision a dictamen del procurador Causa acosta Dictadura militar Salta

Actor (recurrentes): Ministerio Público Fiscal; defensas de Carlos Alberto Mulhall y Miguel Raúl Gentil; Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales de Salta (querellante); Secretaría de Derechos Humanos de la Nación; Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Salta.

Demandado (contraparte): Mulhall, Gentil y demás imputados; el Ministerio Público en los recursos de la defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

causa "Cabezas, Daniel Vicente y otros s/ denuncia - Las Palomitas Cabeza de Buey" (C. 656. XLVI.), vinculada a hechos de la última dictadura militar en la provincia de Salta.

¿Qué se resolvió?

rechazo de los recursos extraordinarios de las defensas y de los acusadores particulares; procedencia del recurso del Ministerio Público y revocación parcial de la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"esta Corte comparte -en lo pertinente- los argumentos vertidos por el señor Procurador General en su dictamen, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

"Que los recursos presentados por los acusadores particulares resultan improcedentes."

"Que con respecto al recurso interpuesto por el Ministerio Público, las cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal, resultan sustancialmente análogas a las tratadas en A.93.XLV. 'Acosta, Jorge Eduardo y otros si recurso de casación', sentencia del 8 de mayo de 2012, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad."

Los fundamentos son remisiones; el texto no contiene desarrollo argumental propio legible.

Fallos que cita

  • Acosta, Jorge Eduardo y otros s/ recurso de casaciónCSJN · 08/05/2012

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