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Corte Suprema

AHUMADA HUGO MAURICIO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/EJECUCION PREVISIONAL

La Corte Suprema declaró admisible la queja, hizo lugar al recurso extraordinario de Hugo Mauricio Ahumada en su reclamo contra la ANSES y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento. Los Dres. Lorenzetti y Fayt, por su parte, habían votado en disidencia por desestimar la queja por incumplimiento del art. 4° de la acordada 4/07.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 271. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Queja por denegacion Seguridad social Anses Reclamo previsional Dictamen de la procuradora fiscal Acordada 4/07 Admisibilidad de la queja Nuevo pronunciamiento Camara federal de la seguridad social.

¿Quién es el actor?

Hugo Mauricio Ahumada.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo previsional en el marco de la seguridad social (el expediente no detalla el objeto específico del reclamo de fondo).

¿Qué se resolvió?

por mayoría (Petracchi y Zaffaroni), se declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, ordenando nuevo pronunciamiento por el tribunal de origen. Los Dres. Lorenzetti y Fayt votaron en disidencia, desestimando la queja por incumplimiento del art. 4° del reglamento aprobado por acordada 4/07.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal sostiene, por mayoría, que "los agravios del apelante han sido objeto de examen adecuado en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, que el Tribunal comparte y hace suyos por razón de brevedad". La disidencia de los Dres. Lorenzetti y Fayt, que no constituye la decisión del tribunal, sostiene que "la queja por denegación del recurso extraordinario no cumple con lo exigido en el art. 4° del reglamento aprobado por acordada 4/07".

Normas que cita

  • Acordada 4art. 4°

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