JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Cirigliano, Horacio Vicente c/ s/quiebra

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra el rechazo de un recurso extraordinario federal en el proceso concursal de Horacio Vicente Cirigliano. Remitió en lo pertinente a los fundamentos del precedente Beaudea Ricardo si quiebra y confirmó el pronunciamiento recurrido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 54. XLVIII. RHE
Queja por recurso extraordinario denegado Concurso preventivo/quiebra Gobierno de la ciudad de buenos aires Admisibilidad formal Remision a precedente Cuestion sustancialmente analoga Beaudea Competencia comercial Verificacion de creditos Procurador general

Actor (recurrente): Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el Dr. Víctor Daniel Gil Gómez, con patrocinio letrado del Dr. Jorge Hugo Poggi.

¿A quién se demanda?

Horacio Vicente Cirigliano (concurso/quiebra).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario federal contra la sentencia del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 10 en el marco del proceso concursal.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó el pronunciamiento recurrido, por remisión a los fundamentos de "Beaudea Ricardo si quiebra" (expte. B.823.XLVI, febrero de 2012), por razones de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada en esta causa es sustancialmente análoga a la resuelta con fecha 7 de febrero de 2012 por el Tribunal en los autos 'B.823.XLVI. Beaudea Ricardo si quiebra', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir -en lo pertinente- por razones de brevedad." Se dispuso, de acuerdo con lo dictaminado por el Procurador General, hacer lugar a la queja, admitir formalmente el recurso extraordinario y confirmar el pronunciamiento. (El texto escaneado está muy deteriorado; la fecha del precedente y algunos nombres se leen de forma parcial.)

Fallos que cita

  • Beaudea Ricardo si quiebraCSJN · 07/02/2012

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