JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Fernández, Ruben Dario c/ Estado Nacional s/ordinario

La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por los actores y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Ramírez, Dante Darío c/ E.N. - M° de Justicia y DDHH - SPF s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad. Las costas se impusieron por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 495. XLVIII. REX
Recurso extraordinario Remision a precedente Personal militar Personal civil de las fuerzas armadas Personal de seguridad Estado nacional Confirmacion de sentencia Costas por su orden Ramirez.

Actores (Recurrentes): Rubén Darío Fernández, José Carlos García, Mario Héctor Undin, Lorenzo Jorge Giménez, Francisco Omar Mella y otros, Alfredo Ricardo Molero, Sergio Oscar Poblete, Américo San Martín.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no lo detalla; remite a un precedente sobre personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad).

¿Qué se resolvió?

Se declaran admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas, con el alcance indicado en el precedente "Ramírez". Costas por su orden en razón de la naturaleza de las cuestiones debatidas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa R.846.XL. 'Ramírez, Dante Darío el E.N. - MO de Justicia y DDHH - SPF si personal militar y civil de las FFAA. y de Seguridad' sentencia del 20 de noviembre de 2012, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Ramírez, Dante Darío c/ E.N. - M° de Justicia y DDHH - SPF s/ personal militar y civil de las FFAA y de SeguridadCSJN · 20/11/2012

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