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Corte Suprema

Salinas, Myrian Gladys c/ Kolocias S.A. y otro Y OTRO s/daños y perjuicios

La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación de un recurso extraordinario en un juicio por daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito. Revocó la sentencia y admitió que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 9. XLIX. RHE
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Ejecucion de sentencia Limites de la contratacion Accidente de transito Queja por recurso extraordinario denegado Transporte publico de pasajeros Citacion en garantia Danos y perjuicios.

¿Quién es el actor?

Myrian Gladys Salinas.

¿A quién se demanda?

Kolocias S.A. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios.

Citada en garantía: Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada. Admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por el orden causado en los términos resueltos (con costas, según el fallo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remitió a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones dio por reproducidas, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Se citó el art. 16, segunda parte, de la ley 48.

¿Cómo votaron los jueces?

la Dra. Carmen M. Argibay, en disidencia, consideró que la apelante no cumplió con los recaudos previstos en los arts. 4° y 7°, inc. c, de la acordada 4/2007 y propuso rechazar la presentación directa, perdiendo el depósito.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • Acordada 4/2007arts. 4, 7 inc. c

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • VillarrealCSJN · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Económica Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

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