JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SCHENFELD ELENA TERESITA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Se trata de un reajuste previsional promovido por una jubilada contra la ANSeS para actualizar su haber mediante la aplicación del criterio de movilidad. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia apelada, extendiendo el alcance de la movilidad conforme al precedente Cirillo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 323. XLVII. REX
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Recurso extraordinario Anses Precedente badaro Precedente cirillo Art. 280 cpccn Haber previsional Actualizacion previsional

¿Quién es el actor?

Elena Teresita Sehenfeld (identificada en el caratulado como "Schald, Elena Teresita").

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios del haber previsional, con base en la aplicación del criterio de movilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Cirillo" (Fallos: 332:1304). Los agravios de la demandada referidos a la extensión del criterio de movilidad del precedente "Badaro" (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores fueron resueltos remitiendo a las consideraciones de "Cirillo". Los restantes agravios de la ANSeS fueron declarados inadmisibles conforme el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal remite, por razón de brevedad, a las consideraciones del precedente "Cirillo" (Fallos: 332:1304) en cuanto a la extensión del criterio de movilidad de "Badaro" a períodos posteriores. Respecto del resto de los agravios, se los considera inadmisibles por aplicación del art. 280 del CPCCN. La fundamentación del fallo es breve y se apoya íntegramente en el precedente citado.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • BadaroCSJN
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • CirilloCSJN · Fallos 332:1304

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