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Corte Suprema

Acerenza, Eduardo y otros c/ EN - DIE - dtos 1104/05 1053/08 s/personal militar y civil de las ffaa y de seg

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el personal civil de inteligencia de las Fuerzas Armadas contra el régimen de retribuciones y reclamos salariales, y confirmó las sentencias apeladas, con la salvedad de la aplicación de los decretos 1782/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 a los actores y con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1204. XLVIII. REX
Personal civil de inteligencia Fuerzas armadas Decreto 1782/06 Decreto 871/07 Decreto 1053/08 Decreto 751/09 Regimen de personal militar y civil Recurso extraordinario Remision a precedentes Costas por su orden

¿Quién es el actor?

personal civil de inteligencia de los organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas (numerosos actores agrupados en la causa A.1204.XLVI y acumulados).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Defensa, Ejército, Fuerza Aérea, Armada, Estado Mayor General del Ejército, Dirección de Inteligencia del Ejército y otros organismos de inteligencia militar).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestiones vinculadas al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, en particular la aplicación de los decretos 1104/05, 1782/06, 871/07, 1053/08, 751/09 y 1095/06 al personal civil de inteligencia.

¿Qué se resolvió?

la Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos de los precedentes "Salas" (Fallos: 334:275), "Zanotti" (Fallos: 335:430) y al pronunciamiento aclaratorio in re "Ibáñez Cejas" del 4 de junio de 2013, declara formalmente admisibles los recursos extraordinarios, confirma las sentencias apeladas con el alcance establecido en esos precedentes, aplica a los actores los decretos mencionados con la salvedad indicada, e impone las costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo no desarrolla argumentos propios; su sustento es la remisión a los precedentes citados. Transcripción textual de la parte considerativa: "Que las cuestiones planteadas por la recurrente encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en las causas S.301.XLIV 'Salas' (Fallos: 334:275); Z.115.XLVI 'Zanotti' (Fallos: 335:430); y en el pronunciamiento aclaratorio dictado el 4 de junio de 2013 in re I.120.XLVIII 'Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ E.N. - MO Defensa -F.A.A.- dtos. 1104/05 751/09 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad." No se registran votos en disidencia en el texto.

Normas que cita

Fallos que cita

  • SalasCSJN · Fallos 334:275
  • ZanottiCSJN · Fallos 335:430
  • Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ E.N.CSJN · 04/06/2013

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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