JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BECKMANN SAMUEL EDUARDO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINIST. DE EDUCACION DE LA NACION s/ACCION DECLARATIVA SUMARISIMO

Samuel Eduardo Beckmann y otros promovieron acción declarativa contra el Estado Nacional (Ministerio de Educación) por el alcance de las incumbencias profesionales de los agrimensores. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo, por considerar que la derogación de la resolución 2069/83 mediante la resolución 432/87 no modificó el criterio allí sentado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 349. XLVII. REX
Accion declarativa Recurso extraordinario Incumbencias profesionales Agrimensores Resolucion 2069/83 Resolucion 432/87 Derogacion normativa Ministerio de educacion Proceso sumarisimo Reenvio.

¿Quién es el actor?

Samuel Eduardo Beckmann y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Educación de la Nación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa (proceso sumarísimo) sobre las incumbencias asignadas a los agrimensores.

¿Qué se resolvió?

la Corte remite a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal (fs. 659/660 vta.) y agrega que la "derogación" de la resolución 2069/83 por la resolución 432/87 no obsta a la solución, pues el contenido íntegro de esta última no modifica el criterio sentado en la primera en materia de incumbencias de los agrimensores. Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada y se devuelven los autos al tribunal de origen para que se dicte nuevo fallo. Costas por el orden causado en los términos del art. 68 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que este Tribunal comparte las consideraciones expuestas por la señora Procuradora Fiscal en el dictamen de fs. 659/660 vta., a las que cabe remitir por razones de brevedad."

"A ellas solo corresponde agregar que la 'derogación' de la resolución 2069/83 mediante la resolución 432/87 en nada obsta a la solución alcanzada, pues el contenido íntegro de esta última no modifica el criterio sentado en la primera, en cuanto aquí ha sido objeto de ponderación, en materia de incumbencias asignadas a los agrimensores."

No hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Resolución 2069/83
  • Resolución 432/87
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.