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Corte Suprema

Nuvconsa S.A. y otros c/ Santa Cruz, provincia de s/acción declarativa de inconstitucionalidad

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por Nuvconsa S.A. contra la Provincia de Santa Cruz. Declaró la inconstitucionalidad de los artículos 1° y 2° de la ley provincial 2632 y de los artículos 7° y 9° del decreto 017/03, que exigían que la mitad de la tripulación de los buques pesqueros fuera residente en la provincia por más de dos años, por contrariar el régimen federal de pesca.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 79. XXXIX. ORI
Accion declarativa de inconstitucionalidad Competencia originaria Regimen federal de pesca Ley 24.922 Tripulacion pesquera Requisito de residencia Santa cruz Razonabilidad de las leyes Supremacia federal Articulo 31 constitucion nacional

¿Quién es el actor?

Nuvconsa S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Cruz.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de certeza (art. 322 CPCCN) para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 1° y 2° de la ley 2632 y de los artículos 7°, 8° y 9° del decreto reglamentario 017/03, por contrariar los arts. 14, 16, 17, 28 y 31 de la Constitución Nacional y la ley federal de pesca 24.922.

¿Qué se resolvió?

hacer lugar a la demanda y declarar la inconstitucionalidad de los artículos 1° y 2° de la ley 2632 y de los artículos 7° y 9° del decreto 017/03. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal sostuvo que la cuestión planteada guarda sustancial analogía con las causas "Argenova S.A. c/ Santa Cruz, Provincia de" (Fallos: 333:2367) y "Arbumasa S.A. c/ Santa Cruz, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad" (sentencia del 19 de junio de 2012), y que, en consecuencia, corresponde remitirse a los fundamentos y conclusión allí expuestos. Se señaló que "la decisión allí recaída resulta aplicable al caso", en tanto "en aquellos expedientes se suscitó el mismo conflicto que el que enfrentan las partes en el presente". Las juezas Highton de Nolasco y Argibay se remitieron a sus respectivos votos. Se concluyó que, "en su mérito, la acción intentada por la empresa actora contra la Provincia de Santa Cruz debe prosperar".

Normas que cita

  • Ley 24.922art. 40 inc. b · Regimen federal de pesca
  • Ley 2632 (Provincia De Santa Cruz)arts. 1°, 2°
  • Decreto 017/03 (Provincia De Santa Cruz)arts. 7°, 8°, 9°
  • Constitución Nacionalarts. 14, 16, 17, 28, 31, 116, 117
  • Ley 1464 (Provincia De Santa Cruz)
  • CPCCNarts. 322, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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