LA MERIDIONAL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/ CIVILMENTE RESPONSABLE ACCIDENTE TRANSITO DE 13/08/2006 s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION (ART. 3.986 C.C)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por valor vida, incapacidad psíquica y daño moral.
- Actores: Ximena Beatriz Núñez, Rosana Concepción Escobar y José María Liste
- Demandados: Carlos Alberto Amaya, Dota Sociedad Anónima de Transporte Automotor y Transportes Lope de Vega Sociedad Anónima Comercial e Industrial
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que falleció Pablo Alejandro Liste
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por valor vida, incapacidad psíquica y daño moral. Confirmó la sentencia en lo demás.
Fundamentos principales:
- Rige la presunción de responsabilidad del art. 1113 del Código Civil por riesgo de las cosas, correspondiendo a los demandados acreditar alguna causal de exención.
- La absolución penal del chofer no obsta a la atribución de responsabilidad civil, la cual debe analizarse con criterios diferentes.
- Para calcular el "valor vida" se debe considerar el perjuicio económico sufrido por los damnificados por la pérdida de la chance de recibir ayuda material futura.
- La incapacidad psíquica de la cónyuge es indemnizable como daño patrimonial futuro.
- El daño moral se fija prudencialmente, considerando las circunstancias del caso y parámetros jurisprudenciales.
- Deben deducirse las sumas percibidas de la ART.
- Los intereses se calculan a la tasa activa desde la mora hasta la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, y luego a la tasa fijada por el BCRA.
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