Bonfiglio, Marcos Antonio y otros c/ Telefónica de Argentina SA y otro s/programa de propiedad participada
La Corte Suprema declaró procedentes las quejas y los recursos extraordinarios deducidos por las actoras en diversas causas vinculadas al Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina S.A. y Telecom Argentina S.A. La Corte revocó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Domínguez (D.281.XLV, sentencia del 10 de diciembre de 2013) y ordenó dictar nuevos pronunciamientos.
¿Quién es el actor?
Marcos Antonio Bonfiglio y otros, junto con numerosos otros actores individualizados en las causas acumuladas (Beccaxi, Cejas, Cejas Urtubey, Descalzo, Giménez, Luna, Mancini, Olivetto, Orue, Palmero, Quipildor, Rodríguez y Saavedra).
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina S.A., Telecom Argentina S.A., el Estado Nacional (Ministerios de Economía, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de Economía y Producción) y otros codemandados según cada causa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamos vinculados al Programa de Propiedad Participada de las empresas privatizadas de telecomunicaciones, y en algunos casos reclamos de daños y perjuicios y de proceso de conocimiento contra el Estado Nacional.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes las quejas y los recursos extraordinarios, se revocaron las sentencias apeladas con el alcance indicado, se impusieron las costas por su orden conforme el art. 68 del CPCCN, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte nuevos pronunciamientos conforme al presente. Las quejas se agregaron a los principales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa D.281.XLV 'Domínguez, Susana Isabel y otros c/ Telefónica de Argentina S.A. y otros s/ programa de propiedad participada', sentencia del 10 de diciembre de 2013, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios adicionales; la decisión se apoya íntegramente en el precedente citado. No se registran votos en disidencia en el texto transcripto; la sentencia aparece suscripta por un único firmante.
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Normas que cita
Fallos que cita
- Domínguez, Susana Isabel y otros c/ Telefónica de Argentina S.A. y otros s/ programa de propiedad participadaCSJN · 10/12/2013
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