JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Wal Mart Argentina S.A. c/ Estado Nacional - Ministerio de Planificación Federal s/ordinario

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional contra la sentencia que había resuelto un reclamo de Wal-Mart Argentina S.R.L. vinculado con la política de planificación e inversión pública. El Tribunal revocó la sentencia apelada remitiendo, por razones de brevedad, a los fundamentos del precedente Monthelado S.A. del 30 de octubre de 2014.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
W. 17. XLVIII. REX
Recurso extraordinario Remision a precedente Monthelado s.a. Planificacion federal Inversion publica Secretaria de energia Revocacion Costas Nuevo pronunciamiento Corte suprema

¿Quién es el actor?

Wal-Mart Argentina S.R.L.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (Secretaría de Energía, según la carátula del recurso).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia, que no reproduce los hechos ni el objeto del reclamo, remitiendo a otra causa.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada, se impusieron las costas a la parte vencida según el art. 68 del CPCCN, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo aquí resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del recurrente remiten al estudio de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en el pronunciamiento del 30 de octubre de 2014, en la causa M.39.XLVII 'Monthelado S.A. c/ Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios - Secretaría de Energía s/ amparo', a cuyas conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad."

"Por ello, y concordemente con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada."

Nota: la sentencia no contiene argumentación propia; su fundamento es la remisión al precedente citado.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Monthelado S.A. c/ Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios - Secretaría de Energía s/ amparoCSJN · 30/10/2014

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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