Lopez, María Gabriela c/ resolución nº 196/07 del Consejo Superior de la UNNE s/recurso apelación art 32 de la ley de educación superior nº24521
La Corte Suprema declaró la nulidad de las actuaciones realizadas sin la participación de una de las partes, incluida la sentencia dictada, por incorrecta integración del juicio. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que se sustancie el proceso conforme a derecho.
¿Quién es el actor?
María Gabriela López.
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional del Nordeste.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de la resolución 196/07 del Consejo Superior de la UNNE, en el marco de lo previsto por el artículo 32 de la Ley de Educación Superior 24.521.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró la nulidad de las actuaciones realizadas sin la participación de Viviana Griselda Solís Neffa, incluida la sentencia de fs. 43/45 vta., y devolvió los autos al tribunal de origen (Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, Sala Civil) para que les dé el trámite de ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
de conformidad con el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, la incorrecta integración del juicio y su anómalo desarrollo imponen la obligación de declarar la nulidad de las actuaciones, tal como se resolvió en el precedente "Ruarte Bazán, Roque Carlos" (Fallos: 335:1412), a cuyos términos y condiciones se remite el fallo.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 24.521art. 32 · Educacion superior
Fallos que cita
- Ruarte Bazán, Roque CarlosCSJN · Fallos 335:1412
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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