UOCRA c/ HARIYO, JUAN JOSE s/EJECUCION FISCAL
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la UOCRA en una ejecución fiscal por aportes de obra social. Revocó la sentencia apelada y declaró que la justicia federal es competente para conocer la causa, remitiendo a los fundamentos de la causa CSJ 22/2014 (50-U)/CS1 U.O.C.R.A. c/ C y C Construcciones S.R.L..
¿Quién es el actor?
Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA).
¿A quién se demanda?
Juan José Hariyo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución fiscal iniciada por la UOCRA contra Juan José Hariyo.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar al recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se declara que la justicia federal es competente para conocer en la presente causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones propuestas por la recurrente son sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en la causa CSJ 22/2014 (50-U)/CS1 'U.O.C.R.A. c/ C y C Construcciones S.R.L. s/ ley 23.660 - Obras Sociales', sentencia del 7 de abril de 2015, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad." "Que los jueces Lorenzetti y Maqueda remiten a sus consideraciones en la mencionada causa."
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Leyes que cita
- Ley 23.660Obras sociales
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