Fernández, Francisca Eloisa y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Ejército Argentino s/ordinario
La Corte Suprema declaró admisible la queja y procedente el recurso extraordinario deducido por el Estado Mayor General del Ejército en el reclamo promovido por familiares de víctimas contra el Estado Nacional. Dejó sin efecto la sentencia apelada por remisión a los fundamentos del precedente Plá, resolviendo la controversia a favor del recurrente.
¿Quién es el actor?
Francisca Eloísa Fernández y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Ejército Argentino.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de indemnización (proceso ordinario), cuyo detalle no surge del texto de la resolución.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. Declaró exenta del depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación a la presentación directa (art. 13, inc. f, ley 23.898).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos del recurrente son sustancialmente análogos a los resueltos por esta Corte en la causa P.436.XLVI 'Plá, José María y otros c/ E.N.A. - Minist. de Defensa s/ ordinario', sentencia del 26 de septiembre de 2012, a cuyas consideraciones y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."
"Por ello, y concordemente con lo dictaminado -en lo pertinente- por la señora Procuradora Fiscal en la causa citada, se declara admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."
La resolución no transcribe otros fundamentos propios; la solución se apoya íntegramente en el precedente "Plá".
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 23.898
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Plá, José María y otros c/ E.N.A. - Minist. de Defensa s/ ordinarioCSJN · 26/09/2012
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