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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - V., M. D. C. POR SI Y EN REP. DE SUS HIJOS MENORES R.B., S. E. Y R.C.Z. Y OTROS c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

Asociart ART S.A. dedujo recurso de queja contra la sentencia de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que fijó los montos resarcitorios por incapacidades laborales en un reclamo por accidente de trabajo. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de la causa Espósito sobre la aplicación de la ley 26.773.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 048975/2011/1/RH001
Accidente de trabajo Incapacidad laboral Ley 26.773 Reparacion integral Montos resarcitorios Recurso extraordinario Queja Asociart art Art Doctrina esposito

¿Quién es el actor?

M. del C. V., por sí y en representación de sus hijos menores R. B., S. E. y R. C. Z., y otros.

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo indemnizatorio por accidente de trabajo (acción civil), con fijación de montos resarcitorios por incapacidades laborales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de la apelante -vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales- encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa CNT 18036/2011/1/RH1 'Espósito, Dardo Luis c/ Provincia ART S.A. s/ accidente - ley especial' del 7 de junio de 2016, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"En consecuencia, corresponde descalificar el fallo recurrido, lo que torna inoficioso el tratamiento de las demás cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal."

No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 26.773Riesgos del trabajo
  • Constitución Nacional

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