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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - RAMIREZ RODRIGO HERNAN c/ MAPFRE ARGENTINA A.R.T. S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas y declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por Galeno ART S.A., en reclamos por accidentes de trabajo regidos por la ley especial. Dejó sin efecto las sentencias apeladas por aplicar la ley 26.773 para fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, remitiendo a los fundamentos de la causa Espósito (Fallos: 339:781).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 024947/2013/1/RH001
Accidente de trabajo Ley especial Ley de riesgos del trabajo Ley 26.773 Incapacidad laboral Monto resarcitorio Recurso extraordinario Queja Galeno art Mapfre art

¿Quién es el actor?

Rodrigo Hernán Ramírez (en la causa principal), junto con Cristian Guillermo Aragón y Raúl Hugo Berdinas en las causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

Mapfre Argentina ART S.A. (en la causa principal) y Galeno ART S.A., recurrente en los recursos de hecho.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos por accidentes de trabajo en el marco de la ley especial (Ley de Riesgos del Trabajo), con cuestionamientos sobre la determinación de los montos resarcitorios por incapacidades laborales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó que, por quien corresponda, se dicten nuevos pronunciamientos conforme al presente. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Espósito' (Fallos: 339:781), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"En consecuencia, corresponde descalificar los fallos recurridos, lo que torna inoficioso el tratamiento de las demás cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal."

Normas que cita

Fallos que cita

  • EspósitoCSJN · Fallos 339:781
  • Aragón, Cristian Guillermo c/ Mapfre Argentina S.A. s/ accidente - ley especialCSJN

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