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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - PEZZARINI JUAN MARTIN c/ LA CAJA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Una aseguradora de riesgos del trabajo recurrió una condena por accidente in itinere, cuestionando la declaración de inconstitucionalidad del decreto 472/14 y la aplicación del artículo 3° de la ley 26.773. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia apelada en lo que fue objeto de agravio, por remisión al precedente Espósito, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 027907/2013/1/RH001
Accidente in itinere Ley 24.557 Ley 26.773 Indemnizacion adicional Decreto 472/14 Declaracion de inconstitucionalidad Indice ripte Aseguradora de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Control de constitucionalidad.

¿Quién es el actor?

Juan Martín Pezzarini.

¿A quién se demanda?

La Caja Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ART), recurrente ante la Corte.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente in itinere prevista en la ley 24.557 y sus modificatorias.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala VII) en lo pertinente, y devolvió los autos para un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Declaró inadmisibles los demás agravios. Costas por el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de la declaración de inconstitucionalidad del decreto 472/14: "son atendibles los cuestionamientos de la apelante vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del decreto 472/14, pues tal extrema medida se apoya en una interpretación que no se ajusta a los criterios establecidos en el precedente dictado por esta Corte en 'Espósito' (Fallos: 339:781), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

Respecto de la aplicación del artículo 3° de la ley 26.773: "resulta también procedente la impugnación vinculada con la aplicación al caso del artículo 3° de la ley 26.773, pues el planteo de la recurrente es sustancialmente análogo al articulado y resuelto en la causa CNT 64722/2013/1/RH1 'Páez Alfonzo, Matilde y otro c/ Asociart ART S.A. y otro s/ indemnización por fallecimiento', sentencia del 27 de septiembre de 2018, a la que cabe remitir a fin de evitar repeticiones innecesarias."

¿Cómo votaron los jueces?

las cuestiones son "sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en la causa CNT 64722/2013/1/RH1", por lo que corresponde remitir a sus consideraciones; los demás agravios son inadmisibles (art. 280 CPCCN), y propone declarar sustancialmente improcedente el recurso y confirmar la sentencia apelada.

Leyes que cita

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