JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GIMENEZ ADRIANA MABEL Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por los actores en el marco de un reclamo por programas de propiedad participada contra Telefónica de Argentina S.A. y otros, y revocó la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa Spagnuolo. La Dra. Highton de Nolasco votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 007152/2008/CS001
Propiedad participada Recurso extraordinario Telefonica de argentina Estado nacional Spagnuolo Analogia sustancial Revocacion Reenvio Admisibilidad Costas

¿Quién es el actor?

Adriana Mabel Giménez y otros.

¿A quién se demanda?

Telefónica de Argentina S.A. y otros, entre ellos el Estado Nacional (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo vinculado a programas de propiedad participada.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hace lugar al recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada con el alcance indicado, con costas, y se devuelve el expediente al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. La mayoría remite a los fundamentos y conclusiones de la causa "Spagnuolo" (Fallos: 340:1421), por analogía sustancial de las cuestiones planteadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el recurso extraordinario, en cuanto ha sido concedido, guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa 'Spagnuolo' (Fallos: 340:1421), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

la Dra. Elena I. Highton de Nolasco sostuvo que "el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)", y por ello lo desestimó con costas. Este criterio quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.