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Corte Suprema

SERRANO ARANCIBIA MARIA c/ PEN - LEY 25561 - DTO.1570/01 Y 214/02 Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios contra la sentencia que había rechazado el reclamo de una ahorrista por la pesificación de su depósito, y reconoció su derecho a recuperar el depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual. El Dr. Rosenkrantz votó en disidencia por desestimar los recursos por falta de fundamentación autónoma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 106642/2002/CS001
Pesificacion Deposito bancario en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Amparo Cer Reintegro de depositos Precedente massa Fundamentacion autonoma Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

María Serrano Arancibia, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (PEN) y Banco Central de la República Argentina, con intervención de la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos por aplicación de la ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02, por vía de amparo (ley 16.986).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció el derecho de la actora a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de los pagos a cuenta realizados en el pleito y en cumplimiento de medidas cautelares. Se excluyen los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos normativamente previstos. Costas de esta instancia en el orden causado. El Dr. Rosenkrantz votó en disidencia por desestimar los recursos por falta de fundamentación autónoma (art. 15 ley 48), con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, y aplica la doctrina de "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680) para el cómputo de pagos a cuenta. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a la tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." La disidencia del Dr. Rosenkrantz sostiene: "Que los recursos extraordinarios no satisfacen el requisito de fundamentación autónoma exigible según el art. 15 de la ley 48."

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