REQUERIDO: ROA PANIAGUA, EMILIO MARCEL s/EXTRADICION
La Corte Suprema confirmó la resolución del Juzgado Federal n° 2 de Formosa que concedió la extradición de Emilio Marcel Roa Paniagua a la República del Paraguay para ser juzgado por tráfico de estupefacientes, asociación criminal y producción o uso de documentos no auténticos. El Tribunal desestimó el agravio de la defensa, que reiteraba cuestiones ya consideradas por el juez de grado y que no acreditaba riesgos concretos en el país requirente.
¿Quién es el actor?
República del Paraguay (Estado requirente)
¿A quién se demanda?
Emilio Marcel Roa Paniagua (requerido)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Extradición del requerido para ser juzgado en Paraguay por los delitos de tráfico de estupefacientes y drogas peligrosas, asociación criminal y producción y/o uso de documentos no auténticos.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el auto apelado en cuanto dispuso conceder la extradición de Emilio Marcel Roa Paniagua a la República del Paraguay para ser sometido a proceso por los delitos en que se sustentó el pedido. Se exhortó al juez de la causa a ajustar el trámite de la apelación ordinaria a lo dispuesto por el artículo 245 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el único agravio en que se sustenta la apelación constituye mera reiteración del que ya fue ventilado en el trámite de extradición, debidamente considerado por el a quo a la luz de las circunstancias del caso, de forma ajustada a derecho y al tratado aplicable que rige la entrega, aprobado por ley 25.302."
"el argumento en torno a que el temperamento del juez debió transitar por otros caminos que implicaban otorgarle una mínima entidad a los riesgos denunciados por el requerido y, en consecuencia, arbitrar todos los medios para conjurarlos, para lo cual resultaba necesario que recabara información y compromisos concretos de su par extranjero (...) resulta insuficiente para descalificar lo resuelto ya que no es posible conocer las razones por las cuales, en el contexto de los hechos que dan sustento a esa pretensión, lo dispuesto en el auto apelado sería insuficiente para contrarrestar el temor esgrimido por el requerido."
"la jurisprudencia del Tribunal invocada por quien apela ni siquiera refiere a la situación del sub lite en la cual no están comprometidas –como sucedía en los supuestos alcanzados por aquélla– las condiciones carcelarias a las que quedaría expuesto el requerido."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 25.302Tratados
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.