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Corte Suprema

PABLO MAXIMO OMAR c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores, integrantes de las fuerzas de seguridad en situación de retiro, interpusieron recursos extraordinarios contra sentencias que regían su haber previsional frente a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo por razones de brevedad a lo resuelto en la causa Di Nanno, Camilo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 069662/2018/CS001
Haber de retiro Caja de retiros Jubilaciones y pensiones de la policia federal Fuerzas de seguridad Personal militar y civil de las ffaa Seguridad social Previsional Recurso extraordinario Remision a precedente di nanno Camilo Confirmacion de sentencias

¿Quién es el actor?

Máximo Omar Pablo y otros integrantes de las fuerzas de seguridad en situación de retiro (causas acumuladas: Pablo, Silvera, Dávalos, Arias, Larrea, Simonetti, Paolo, Gómez, Olguín, Ontivero y Muo).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestiones previsionales relativas al haber de retiro y pensiones del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, planteadas en los recursos extraordinarios.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente citado, sin costas por ausencia de contradictorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta con lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Di Nanno, Camilo' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad". El Dr. Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado. No se registran votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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