JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GARCIA CLAUDIO ALBERTO Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el reclamo de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad contra el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, remitiéndose a lo resuelto en la causa Gines. Declaró inadmisible el planteo del recurso extraordinario sobre la tasa de interés aplicable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 062723/2016/CS001
Personal militar Personal civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Recurso extraordinario Remision a precedente gines Tasa de interes Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Servicio penitenciario federal

¿Quién es el actor?

Claudio Alberto García y otros.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos (Estado Nacional - Servicio Penitenciario Federal, recurrente en el recurso extraordinario).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en materia de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (el texto de la sentencia no detalla el monto ni el concepto específico reclamado).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Gines" (Fallos 345:401). Declaró inadmisible el recurso en cuanto al planteo sobre la tasa de interés aplicable (art. 280 del CPCCN). Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Gines' (Fallos: 345:401), a la que corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado." "En lo que se refiere al planteo acerca de la tasa de interés aplicable, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." No se registran votos en disidencia.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.