FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MONCAYO BEDOYA MARTHA JANETH S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de apremio provincial contra Martha Janeth Moncayo Bedoya por una deuda de pesos dos millones cuatrocientos seis mil ciento ochenta y seis con cincuenta centavos. El Tribunal hizo lugar a la demanda, por no haber la demandada opuesto excepciones legítimas en plazo, y mandó llevar adelante la ejecución.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
MONCAYO BEDOYA MARTHA JANETH.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de capital de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS CON 50/100 ($2.406.186,50), con más los intereses previstos en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, se le dio por perdido el derecho que dejó de usar (arts. 166 y 155 del CPCC). Se hizo lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado, con más intereses, con costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC), difiriéndose la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC).-
II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor MONCAYO BEDOYA MARTHA JANETH haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS CON 50/100 ($2.406.186,50) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC)..."
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Leyes que cita
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
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