JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MURCHIO JOSE LUIS ALFREDO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra José Luis Alfredo Murchio por deuda de impuesto automotor. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por la suma de $2.664.247,10 con más intereses, e impuso las costas a la demandada vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - MORON
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-23221-2026
Apremio fiscal Impuesto automotor Mandamiento de ejecucion Llevar adelante la ejecucion Excepciones decaidas Intereses Costas Ejecutado Fisco de la provincia de buenos aires Ley 13.406

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

José Luis Alfredo Murchio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

capital de $2.664.247,10 en concepto de impuesto automotor, según título nro. 1505212, con intereses desde el 18/06/2026 hasta el pago efectivo.

¿Qué se resolvió?

se declaró decaído el derecho del ejecutado a oponer excepciones por vencimiento del plazo legal, se mandó llevar adelante la ejecución, se impusieron costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Lo solicitado por presentación electrónica SENTENCIA DE REMATE - SOLICITA ... y que, según surge del INFORME DEL ACTUARIO/A ... que antecede el plazo legal para interponer excepciones legítimas, se encuentra vencido, por lo que corresponde dar por decaído el derecho que se ha dejado de usar (art. 155 del CPCC aplicable por remisión del art. 25 de la ley 13.406)."

"Por ello, y de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC - aplicables por remisión del art. 25 de la ley 13406 - y concdtes de ésta última."

"Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68 del CPCC), difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para la oportunidad prevista en los artículos 15, 16 y 51 de la Ley 14967."

Además, el punto 4 dispone hacer efectivo el apercibimiento al apoderado fiscal del ejecutante por incumplimiento de los arts. 3 de la Ley 8480 y 13 de la Ley 6716, comunicando lo resuelto al Colegio de Abogados de Morón y a la Caja de Previsión Social para Abogados.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.