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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GONZALEZ ALEJANDRO DANIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal de apremio contra Alejandro Daniel González por una deuda de Pesos TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 10/100 ($34.291,10). El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, con intereses desde la demanda y costas a cargo del vencido, por no haber el demandado opuesto excepciones legítimas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
39997
Administrativo Ejecucion fiscal Apremio provincial Mandar llevar adelante la ejecucion Excepciones no opuestas Intereses codigo fiscal Costas al vencido Ley 13.406 Fisco de la provincia de buenos aires Cobro de capital

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

GONZALEZ ALEJANDRO DANIEL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de capital por Pesos TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 10/100 ($34.291,10), más intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (11/4/2017) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

se mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital e intereses; las costas se impusieron a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias); y se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido el demandado GONZALEZ ALEJANDRO DANIEL intimado de pago en el domicilio de calle 101 E/ 102 Y 104 B SAN PABLO 218 - GUERNICA - BUENOS AIRES - 1862 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.).

Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.,

¿Qué se resolvió?

1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado GONZALEZ ALEJANDRO DANIEL haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 10/100 ($34.291,10). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -11/4/2017 - y hasta su efectivo pago."

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