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Primera Instancia

PODER JUDICIAL - DEPARTAMENTO DE COBRO DE HONORARIOS DE PERITOS O C/ COMPAÑÍA DE SEGUROS MERCANTIL ANDINA SA S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE TASA DE JUSTICIA

Se promovió ejecución de honorarios de peritos oficiales y de tasa de justicia contra la aseguradora Compañía de Seguros Mercantil Andina S.A., por la suma de $162.162,53 con más intereses. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por haber quedado perdido el derecho de defensa de la demandada, que no compareció ni opuso excepciones en término.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 - GENERAL RODRIGUEZ
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MG-1502-2026
Ejecucion de honorarios Tasa de justicia Honorarios de peritos oficiales Sentencia de remate Rebeldia Perdida del derecho de defensa Intereses articulo 104 codigo fiscal Costas objetivas Compania de seguros mercantil andina Procesal civil

Actor (ejecutante): Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires - Departamento de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales y Ejecución de Tasa de Justicia.

Demandado (ejecutado): Compañía de Seguros Mercantil Andina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Capital de $162.162,53 en concepto de honorarios de peritos oficiales y tasa de justicia, con más los intereses del artículo 104 del Código Fiscal, calculados según las tasas fijadas por ARBA.

¿Qué se resolvió?

Mandar llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, imponer costas a la ejecutada vencida, diferir la regulación de honorarios y tener por constituido el domicilio legal de la demandada en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte demandada COMPAÑÍA DE SEGUROS MERCANTIL ANDINA SA, intimada de pago el día 13/07/26 en el domicilio electrónico registrado por ante la S.C.J.B.A. (...), no compareció conforme a derecho ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según lo informa el Actuario en este acto, por lo que cabe darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y 540 in fine del C.P.C.C.)."

"En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 in fine del C.P.C.C.)."

"Desde la interposición de la demanda -5.2.2026- y hasta el efectivo pago, se aplicarán los intereses contemplados en el artículo 104 del Código Fiscal, calculados conforme las tasas vigentes fijadas por ARBA..."

"Las costas han de ser impuestas a la accionada según el principio objetivo de la derrota (arts. 68 del CPCC)."

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