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Primera Instancia

BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ REINOSO EFRAIN OSVALDO S/ COBRO EJECUTIVO

El Banco Credicoop Cooperativo Limitado promovió ejecución de un título base contra Efraín Osvaldo Reinoso por el cobro de la suma de $100.000, con más intereses. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución ante la falta de oposición de excepciones en término por parte del ejecutado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - QUILMES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
QL-25313-2023
Ejecucion de titulo Cobro ejecutivo Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Intereses convenidos Limite de tasa moral y buenas costumbres Costas Mora Titulo base Banco credicoop

¿Quién es el actor?

BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO.

¿A quién se demanda?

EFRAIN OSVALDO REINOSO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000.-), con más sus intereses desde la fecha de mora operada el 09/08/2022.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada haga íntegro pago a la acreedora de la suma indicada, con más sus intereses. Impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios para la oportunidad de la liquidación. Tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la ejecutada, quien se encuentra debidamente intimada de pago y citada de remate en el domicilio de la calle Mitre Nro. 32 de Quilmes mediante mandamiento devuelto en fecha 02/09/2026 opuesto excepciones en término (art. 540 del C.P.C.C.), corresponde llevar adelante la ejecución por capital e intereses."

Sobre los intereses: "deberá estarse a los convenidos en el título base de la ejecución, los que en conjunto, a fin de no sobrepasar los límites impuestos por la moral y las buenas costumbres (arts. 279, 958 del Cód. Civ. y Com. según Ley 26994) no podrán superar en una vez y media la tasa que percibió el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento en pesos a 30 días en los distintos períodos de aplicación transcurridos desde la fecha de la mora y los que perciba en el futuro hasta el momento del efectivo pago".

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