JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - REYNOSO, JUAN PEDRO c/ EXPERIENCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible la queja y procedente el recurso extraordinario interpuesto por Experta ART S.A., dejando sin efecto la sentencia de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el marco de un reclamo por accidente de trabajo. La decisión se fundó en que los agravios relativos a la aplicación del acta 2764/2022 encuentran respuesta en el precedente Fontaine (Fallos: 347:472).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 051083/2016/1/RH001
Accidente de trabajo Ley especial Recurso extraordinario Recurso de queja Acta 2764/2022 Camara nacional de apelaciones del trabajo Doctrina fontaine Fallos 347:472 Remision a precedente Ley 24.557

¿Quién es el actor?

Juan Pedro Reynoso.

¿A quién se demanda?

Experiencia ART S.A. (la fuente indica también "Experta ART S.A." como recurrente en la queja).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación por accidente de trabajo, en el marco de la ley especial (Ley 24.557).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con el alcance indicado. Las costas se impusieron por su orden en atención a la índole de la cuestión planteada. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento conforme al presente. Se dispuso reintegrar el depósito y remitir la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Fontaine' (Fallos: 347:472), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Por ello, se declara admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.